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Jornada de 42 horas: cómo regularizar contratos tras el hito 2026

El 26 de abril de 2026 se cumplió el tercer año desde la publicación de la Ley 21.561 en el Diario Oficial (26-ABR-2023). Para la mayoría de los contratos de jornada ordinaria, eso significa pasar de 44 a 42 horas semanales. Sin un anexo escrito, la empresa queda vulnerable en fiscalización de la Dirección del Trabajo y en conflictos sobre horarios y remuneraciones.

El hito legal (Artículo primero transitorio, Ley 21.561)

La reducción es gradual:

La fecha de publicación y los plazos están en el texto de la ley en bcn.cl.

Protección de remuneraciones (obligatoria en cualquier anexo)

El Artículo primero transitorio cierra la puerta a recortes salariales disfrazados de “adaptación”: en ninguna circunstancia la reducción de jornada puede significar menos remuneración para quien se beneficia de la ley. Cualquier anexo serio debe dejar esa cláusula explícita.

Cómo distribuir las 42 horas (Artículo tercero transitorio)

Hay dos caminos reconocidos en la ley:

  1. Acuerdo mutuo entre empleador y trabajador (o vía negociación colectiva cuando corresponda) sobre la nueva distribución diaria.
  2. A falta de acuerdo, el empleador reduce el término de la jornada en forma proporcional entre los días de la semana según la distribución vigente.

Un anexo genérico que no distingue acuerdo de adecuación unilateral puede quedar corto ante la Inspección del Trabajo.

Exclusiones y casos especiales

Si su plantilla incluye regímenes excepcionales o jornadas parciales, conviene validar el encuadre antes de usar una plantilla estándar.

Documente el cambio con un anexo

El Anexo 42 horas de Constandes genera un PDF por trabajador con la nueva distribución, la cláusula de remuneración y el texto acorde a acuerdo o adecuación unilateral. Pago único por PDF, sin cuenta y sin guardar datos en servidor.

Para estimar indemnizaciones si el cambio de jornada va acompañado de un finiquito, use la calculadora de finiquito gratuita.

Guía informativa basada en fuentes primarias verificadas en el repositorio Constandes. No sustituye asesoría laboral para su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo rige la jornada de 42 horas semanales?
La Ley 21.561 (publicada el 26 de abril de 2023) establece en su Artículo primero transitorio una reducción gradual: a 44 horas al primer año, a 42 horas al tercer año y a 40 horas al quinto año, contados desde esa publicación. El hito de 42 horas corresponde al 26 de abril de 2026.
¿Puede bajar el sueldo al pasar a 42 horas?
No. El inciso final del Artículo primero transitorio de la Ley 21.561 dispone que la aplicación de la ley no podrá representar en ninguna circunstancia una disminución de las remuneraciones de las personas trabajadoras beneficiadas.
¿Qué pasa si empleador y trabajador no acuerdan la nueva distribución?
El Artículo tercero transitorio de la Ley 21.561 prevé que la adecuación diaria se haga de común acuerdo o, a falta de acuerdo, que el empleador reduzca el término de la jornada en forma proporcional entre los días de trabajo según la distribución semanal.
¿Quién queda fuera del límite de jornada ordinaria?
El Art. 22 inc. 2 del Código del Trabajo excluye del límite de jornada a gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y quienes trabajan sin fiscalización superior inmediata, entre otros casos taxativos.